Información sobre los procedimientos de la Política uniforme para todos los dominios genéricos de nivel superior (gTLD)
- Información general sobre controversias que puedan resolverse mediante la Política uniforme
- Casos
- Información sobre los procedimientos
- Datos para el demandante
- Datos para el demandado
Información general sobre controversias que puedan resolverse mediante la Política uniforme
El Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI cuenta con un mecanismo de solución de controversias en materia de gTLD que se rige por la Política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio (Política uniforme), aprobada por la Corporación de Asignación de Nombres y Números de Internet (ICANN) el 26 de agosto de 1999, así como por el Reglamento de la Política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio (Reglamento de la Política uniforme), aprobado por la ICANN el 24 de octubre de 1999. Además de la Política uniform y el Reglamento de la Política uniforme, el Centro de la OMPI ha elaborado un Reglamento Adicional en relación con la Política uniforme, que entró en vigor el 1 de diciembre de 1999.
Esos mecanismos constituyen una solución eficaz al registro de mala fe y abusivo de nombres de dominio que infringen los derechos de marcas. Por otro lado, no excluyen la posibilidad de recurrir a los tribunales competentes.
La Política uniforme se aplica a los dominios .com, .net y .org, así como a varios de los nuevos gTLD, como .biz, .info y .name.
La Política uniforme se basa en recomendaciones formuladas por la OMPI en el Informe sobre el Primer Proceso relativo a los Nombres de Dominio de Internet, que se centró en los problemas derivados del conflicto entre las marcas y los nombres de dominio. Una serie de asuntos tratados en ese Informe fueron considerados en el Segundo Proceso de la OMPI relativo a los Nombres de Dominio de Internet.

